En materia de responsabilidad social de las empresas y del estado sería conveniente recordar ciertas obligaciones del propio estado. Por ejemplo: que la justicia, la seguridad, la educación y la salud deben ser garantizadas por el tipo de organización que, o bien elegimos o bien heredamos, pero aceptamos para convivir en comunidad; es decir, en amplios grupos humanos, con ciertos niveles de identificación e integración y - hasta ahora- en ciertos territorios bastante bien definidos. No es obligación de nadie más, sino del estado, el otorgar garantías para que esos cuatro elementos existan y se cumplan con ciertas previsiones mínimas.
Para la consecución de esos objetivos el estado cuenta con recursos económicos que provienen de varios canales de recaudación que permiten, entre otras cosas, abonar los salarios de aquellos agentes que cumplan ciertas actividades para que lo atinente al estado funciones, ni más ni menos.
Por lo tanto, es el estado también un empleador que deberá tomar actitudes responsables socialmente ante dos perspectivas: por un lado, el normal funcionamiento de los servicios inherentes a la administración de los fondos públicos, incluyendo su inversión en infraestructuras, la justicia, la seguridad, la educación y la salud – esto como mínimo- y la captación de recursos humanos idóneos y eficientes para que aquello se cumpla.
A partir de aquí pueden nacer varias preguntas que nos podemos formular para, en sus respuestas, advertir el nivel de responsabilidad de la administración del Estado.
¿Qué políticas se conocen desde el estado para la cobertura de cargos en distintos estamentos vinculados a las áreas referidas?
Para la consecución de esos objetivos el estado cuenta con recursos económicos que provienen de varios canales de recaudación que permiten, entre otras cosas, abonar los salarios de aquellos agentes que cumplan ciertas actividades para que lo atinente al estado funciones, ni más ni menos.
Por lo tanto, es el estado también un empleador que deberá tomar actitudes responsables socialmente ante dos perspectivas: por un lado, el normal funcionamiento de los servicios inherentes a la administración de los fondos públicos, incluyendo su inversión en infraestructuras, la justicia, la seguridad, la educación y la salud – esto como mínimo- y la captación de recursos humanos idóneos y eficientes para que aquello se cumpla.
A partir de aquí pueden nacer varias preguntas que nos podemos formular para, en sus respuestas, advertir el nivel de responsabilidad de la administración del Estado.
¿Qué políticas se conocen desde el estado para la cobertura de cargos en distintos estamentos vinculados a las áreas referidas?
¿Desde hace cuánto tiempo distintas esferas estatales, entendiendo como tales los municipios, provincias y nación, establecen estrategias de categorización por un lado y de incorporación de nuevos recursos humanos, por el otro?
¿Todo lo inherente a la contratación en el Estado se produce en las mismas condiciones laborales que él mismo, a través de sus organos de control, exige a los privados?
Por ejemplo: ¿Se cumple con un sistema de contratación transparente o asimilación de los compromisos obligados al contratante: pagos previsionales, obra social, etc.?
En muchos países los distintos ámbitos de la administración, los servicios del Estado y la prosecución de actividades en todo poder estatal se rige por mecanismos claros de incorporación y promoción interna a través del mérito, la capacidad, la capacitación y el eficiente desempeño… ¿En nuestro país se cumple de esa manera?
¿Qué futuro ofrecemos a las nuevas generaciones si, en vez de articular políticas de recursos humanos e ingreso de agentes mediante concursos –sin trampas de por medio, con serios mecanismos de control-, dejamos entrever amplias fisuras que despiertan sospechas de acomodo, tráfico de influencias, recomendaciones (el conocido tarjeteo de un influyente o funcionario con poder), relaciones de parentesco en variada graduación o prebenda por intercambio de puesto por militancia, favor político o acumulación de votos.
Se deberá entender que antes de los gobiernos existe el Estado y que el Estado como instancia superior nos involucra a todos, y que los jefes de gobierno solo son transitorios ejecutores de las políticas que deberán servir al buen funcionamiento del Estado.
En muchos países los distintos ámbitos de la administración, los servicios del Estado y la prosecución de actividades en todo poder estatal se rige por mecanismos claros de incorporación y promoción interna a través del mérito, la capacidad, la capacitación y el eficiente desempeño… ¿En nuestro país se cumple de esa manera?
¿Qué futuro ofrecemos a las nuevas generaciones si, en vez de articular políticas de recursos humanos e ingreso de agentes mediante concursos –sin trampas de por medio, con serios mecanismos de control-, dejamos entrever amplias fisuras que despiertan sospechas de acomodo, tráfico de influencias, recomendaciones (el conocido tarjeteo de un influyente o funcionario con poder), relaciones de parentesco en variada graduación o prebenda por intercambio de puesto por militancia, favor político o acumulación de votos.
Se deberá entender que antes de los gobiernos existe el Estado y que el Estado como instancia superior nos involucra a todos, y que los jefes de gobierno solo son transitorios ejecutores de las políticas que deberán servir al buen funcionamiento del Estado.
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